Presentamos en esta entrada un análisis bastante detallado sobre los cambios que trae la nueva Ley de Formación Profesional realizado por Educaweb
La principal novedad de la nueva norma (aprobada en el Senado con el único ‘no’ del PP) es que la FP será dual (se compatibilizarán los estudios con las prácticas en empresas). Habrá dos escalas: los ciclos generales, con una estancia en las firmas de entre el 25% y el 35% de la duración de los estudios; y los intensivos, con un aprendizaje a pie de obra de más del 35% del curso, que conllevará un contrato laboral remunerado. Asimismo, la ley persigue duplicar el número de jóvenes técnicos y especialistas -para responder a los perfiles que el mercado español demandará desde 2025- y crear un sistema ágil y flexible que asuma la formación de los ocupados y el reciclaje de desempleados, así como la actualización de conocimientos a lo largo de la vida.
Por otro lado, el Ministerio de Educación ultima con las comunidades autónomas el decreto de ordenación de la nueva FP pero no ve factible implantarla para el próximo curso 23/24, por lo que ha dado la opción de aplicar la norma el curso que viene a aquellas comunidades autónomas que lo consideren, siempre y cuando el decreto esté publicado antes de agosto de 2023. Esto ocurriría en aquellas autonomías cuya adaptación del sistema está en la línea contemplada en la ley, con lo que no conllevaría grandes cambios. Para el resto la norma se aplicará en el curso 24/25.
Otro aspecto muy relevante es que Personas expertas sin titulación podrán dar clase en Formación Profesional. El futuro decreto de Formación Profesional permite que personas cualificadas o expertas sin necesidad de titulación puedan impartir clases, y establece por primera vez que todos los alumnos de FP de Grado Medio y Superior aprendan inglés técnico.
Enlazamos aquí los documentos de referencia:
- Proyecto de Real Decreto XX/2023, de XX de XXX por el que se establece la ordenación del sistema de Formación Profesional.
- Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
- Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
Calendario de implantación de la nueva ley de Formación Profesional
🗓️ El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto que fija un calendario de implantación de cuatro años del nuevo sistema de Formación Profesional:
➖En el próximo curso 2023-2024 las administraciones competentes deberán empezar a implantar de manera gradual la nueva oferta formativa.
En el caso de los grados A, B y C, esta deberá comenzar antes del 1 de septiembre de 2023 y se completará el 1 de enero de 2024. El grado D empezará en el curso 2023-24, y se completará en los dos años siguientes, extinguiéndose paralelamente los currículos de los actuales ciclos. Cada administración implantará a partir del curso que viene los grados E que considere; en el curso 2024-25 se implantarán con carácter general.
➖Antes del 1 de septiembre de 2023 se deberá realizar el desarrollo reglamentario de los principales elementos del nuevo sistema de FP, como los catálogos nacionales de Estándares de Competencia y de Ofertas de Formación Profesional y el Catálogo Modular de Formación Profesional.
➖Antes del 1 de septiembre de 2023 se deberán poner en marcha los Registros Estatales de Formación Profesional y de Acreditaciones de Competencias Profesionales Adquiridas por la Experiencia Laboral o Vías no Formales e Informales y del Registro General de Centros de Formación Profesional.
➖Antes del 31 de enero de 2024 el Gobierno deberá hacer pública la Estrategia General de Orientación Profesional.